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Bono Dueña de Casa: entérate aquí cómo y quiénes pueden acceder a este beneficio

Se trata de una bonificación mensual que busca ayudar a las jefas de hogar y/o mujeres que son madres.

También conocido como “Bono Protección”, el beneficio consiste en una entrega mensual a las familias más vulnerables durante un periodo de dos años.

El aporte se entrega a las personas que formen parte del programa Chile Seguridad y Oportunidades, por lo que no requiere postulación, pero si cuenta con requisitos excluyentes.

El principal requisito necesario para ser beneficiario es formar parte del programa firmando la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención. Con eso listo, se gestiona automáticamente el pago dependiendo de la modalidad que escoja la persona. 

¿Cuáles son los montos a recibir? 

Como muchos beneficios del Estado, el Bono Protección se rige y reajusta el 1 de febrero, de acuerdo al 100% de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

– Los primeros 6 meses el bono asciende a $18.400

– Desde el mes 7 al mes 12, el bono es de $14.003

– Desde el mes 13 al mes 18 el bono es de $9.627

– Desde el mes 19 al 24 el bono es de $13.401 (valor corresponde a monto SUF).

¿Quiénes pueden acceder al Bono Dueña de Casa?

El pago del Bono Dueña de Casa se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:

– Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).

– Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.

– Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.

– Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.

– Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.

– Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.

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